de conformidad con los artículos 2, 253 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordada relación con los artículos 482 y 483del Código Orgánico Procesal Penal OTORGA EL BENEFICIO DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA la ciudadana penada SARGENTO SEGUNDO DAYANA DAYANETH CAMARGO CASTILLO, titular de la cedula de identidad N° V- 25.044.273, quien fue condenada a cumplir una pena de SIETE (7) MESES Y QUINCE (15) DÍAS DE PRISIÓN, más las penas accesorias de ley señalada en el artículo 407 en su numeral 1 y 2 del Código Orgánico de Justicia Militar, por estar incurso en la comisión del delito militar de DESERCIÓN, previsto en el artículo 523 y 527 numeral 1 y sancionado 528, en concordada relación con los articulo 389 numeral 1 y 390 numeral 1,con las circunstancias agravantes que se encuentran establecidos en el artículo 402, en los numerales 14 y 16 todos del Código Orgánico de Justicia Militar, en razón de la aplicación del procedimiento d.....