DECISION
En virtud de las consideraciones ya explanadas, este Juzgado Superior Tercero Agrario, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el ciudadano Graciano de Jesús Herrera, asistido de abogado (f.78) contra la sentencia de fecha 13 de diciembre de 2004, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa (fs.69 al 77), que declaró la improcedencia de la acción planteada.
Se CONFIRMA la Sentencia emitida por el A quo.
Se ratifica la condenatoria en Costas a la parte demandante por haber resultado vencida en el proceso, conforme al artículo 274 del Código de Procedimiento Civil y Se CONDENA en Costas, por el recurso en Alzada, como lo dispone el artículo 281 ejusdem.
Déjese copia certificada de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del C.....