DECISIÓN
En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de divorcio incoada por los ciudadanos GUSTAVO ADOLFO ARCANO y JOSBETH CATHERINE SANCHEZ HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-13.356.166 y V-14.876.624., respectivamente, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los citados ciudadanos, contraído en fecha 3 de agosto de 1999, ante la Jefatura Civil de la Parroquia Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Federal según consta en Acta Nº 98, correspondiente al año 1999.
Regístrese, publíquese y Déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en la Ciudad de Caracas, a los veintiocho (28) días del mes d.....