Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Extensión Ciudad Bolívar, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA en la investigación por el delito de LESIONES SIMPLES, en perjuicio del ciudadano PALMA IRRUIZ YELITZA JOSEFINA previsto y sancionado en el artículo 415, del Código Penal vigente para la época de la denuncia, que se siguiera en contra del Imputado, sin Identificar, todo conforme a lo establecido en el numeral 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el numeral 8 del artículo 48 ejusdem y con el numeral 5º del artículo 108 del Código Penal, por encontrarse evidentemente prescrita la acción penal. Notifíquese de esta decisión a la Fiscal solicitante y se omite expresamente la notificación de la víctima en atención a la causal que sirvió de base legal a la decisión y que hace innecesario el cumplimiento de tal trámite, por ser obvio que no .....