Una vez escuchadas las partes, y tomando en cuenta la declaración del imputado, este Tribunal Militar en funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley DECLARA PRIMERO: CON LUGAR la solicitud Fiscal en cuanto a que declare el procedimiento ordinario por considerar que los hechos constituyen la presunta comisión de delito militar de DESERCION, previsto en los artículos 523, 527, numeral 1 y sancionado en el artículo 528 del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud Fiscal en cuanto a que se declare la privación judicial preventiva de libertad en contra del ciudadano imputado SARGENTO PRIMERO FRANKLIN JOSE RIVAS FLORES, titular de la cedula de identidad No. 18.000.887, plaza de la Fuerza de Tareas Anti Drogas del Estado Delta Amacuro, de conformidad con el artículo 236 numerales 1, 2 y 3, 237, numeral 3 y 4, por la magnitud del daño causado y su comportamiento durante el proceso, y 238 numeral 2 tod.....