DISPOSITIVA
Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por ABG. EDUARDO JOSE SANCHEZ FIGUEROA., en su carácter de Fiscal Provisorio Vigésimo Cuarto del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, contra la decisión dictada en fecha 16 de Diciembre de 2008 y fundamentada en fecha 15 de Enero de 2009, por el Juez de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 4, de éste Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual ABSOLVIO al ciudadano JUAN GABRIEL MORILLO BARRIOS, decretando la libertad plena, por la comisión del Delito de: HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408 ORDINAL 1º del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO.....