Se declara DESISTIDO, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JOSE GONZALEZ DÍAZ, en su condición de representante legal de la parte demandante recurrente, en contra de la sentencia dictada en fecha 05 de mayo del 2004, por el Juzgado Primero de Transición de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Puerto Ordaz, en el juicio que incoara el ciudadano BASILIO ANTONIO ZAMBRANO, por COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR INFORTUNIO LABORAL Y DAÑO MORAL en contra de la empresa C.V.G. VENALUM C.A, por su incomparecencia a la presente audiencia