Se dicto sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva mediante la cual Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con base en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, declara: HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO, presentado