DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones precedentemente señaladas, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión de DESALOJO DE INMUEBLE interpuesta por la ciudadana NELIS MARÌA CERTAD DE SINGER, titular de la cedula de identidad Nº. V- 3.501.094, en su carácter de apoderada de los ciudadanos THAKEIBA DE LOS ANGELES SINGER CERTAD y JUSN DE DIOS SINGER CERTAD, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.627.565 y V-14.122.799 respectivamente, representados por los abogados CESAR JOSE TOVAR ORDAZ y ALVARADO JOSE CAMACHO, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nº. 161.600 y 212.998 respectivamente, contra el ciudadano IVAN DE JESÚS PÉREZ VILLEGAS, Titular de la cedula de identidad Nº. V- 12.019.25, representado por el abogado en ejercicio ELIO LANDAETA VERGARA, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. .....