/Se dicto sentencia interlocutoria mediante la cual este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Niega el decreto de la medida innominada solicitada, consistente en autorizar al demandante para mantener y conservar el inmueble objeto del presente juicio permitiéndole su habitación y ocupación.