Por las motivaciones anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio que por concepto de pago de prestaciones sociales y otros conceptos derivados de la relación de trabajo e intereses moratorios devengados sobre dichas prestaciones sociales interpuesto por la Procuradora de Trabajadores LISETT DURAN, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 119.763, actuando en nombre y representación de GABRIELA OLIVEROS, en contra de LA AUTANA DE ALUMINIOS, C.A., y en consecuencia se declara EXTINGUIDO el proceso.