Por los motivos anteriormente expuestos, éste Tribunal administrando Justicia en nombre de la República  Bolivariana   de Venezuela  y por autoridad de la Ley, declara:  PROCEDENTE  la pretensión,  intentada por el  ciudadano: HUMBERTO  CELESTINO ARIAS BELLO, representado  por   los Abgs.  Marisela Cordero Aponte y Arcángel Cordero  Sierra; contra   la  ciudadana:  KARLA SUSANA ORTEGA ROJAS,   todos identificados en autos,  por indemnización   de daños materiales  derivados de accidente de tránsito. En consecuencia,  se condena a la demandada perdidosa   a cancelar  la cantidad de TRES  MILLONES  CUATROCIENTOS  OCHENTA   MIL  SETECIENTOS SESENTA  BOLÍVARES (Bs. 3.480.760,00), monto a que asciende  los daños materiales   sufrido   por el vehículo   perteneciente a la  parte  actora.  En cuanto  a la  indexación solicitada y acordada por este Tribunal,  con el objeto de compensar   el daño causado,  conforme al criterio   del Tribunal Supremo de Justicia,  ordena practicar   experticia c.....