Por lo que la presente causa penal se encuentra paralizada y este Juzgador no tiene materia sobre la cual decidir y mas aún con la gravedad cuando el penado se encuentra evadido de la Administración de Justicia, siendo su ausencia dentro del proceso penal un acto que no permite a este Despacho pronunciarse sobre cualquier petitorio hasta tanto no se ponga a derecho. Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Lara, ORDENA remitir el presente asunto en su original al Tribunal Primero de Ejecución Comitente del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, y acuerda fotocopiar el asunto y remitirlo al Archivo Central de este Circuito Judicial Penal por cuanto este Tribunal de Ejecución Comisionado solo ejerce la vigilancia y control del penado HENRY JAVIER RODRIGUEZ MARTINEZ, y el asunto principal en original debe reposar en el Tribunal natural de la causa donde se cometió el hecho punible. Líbrese oficio al Tribunal natural de.....