este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO suscrita por la parte demandada en el juicio por RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, intentado por la ciudadana EMILIA DEL CARMEN LINAREZ GALINDEZ., contra el ciudadano, PILAR SEGUNDO GUEDEZ GALINDEZ (plenamente identificados en el encabezamiento de esta decisión), en los términos contenidos en la misma.