DISPOSITIVA
Por los hechos y los argumentos de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Séptimo de Control con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: Sin lugar la solicitud de sobreseimiento de conformidad al artículo 300 numeral 2 del Código Orgánico Procesal presentada por el Fiscal Militar Décimo Tercero de fecha 21 de junio 2013, de la causa donde se investigan los hechos donde perdiera la vida por paro cardiaco respiratorio y enclavamiento de las amígdalas, a consecuencia de herida por arma de fuego, el Sargento Segundo Rafael Ángel Pinto Martínez, titular de la cédula de identidad número V-8.877.277 plaza del 813 Grupo de Apoyo y Asalto "G/B Florencio Jiménez", con sede en San Felipe, estado Yaracuy. TERCERO: SE DECLINA EL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA en la jurisdicción penal ordinaria del estado Yaracuy, todo a tenor de lo establecido en el artículo 261 de la Const.....