VI
DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero (3º) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la Recusación, propuesta por el ciudadano RICARDO COA MARTINEZ, en su carácter de Apoderado Judicial de la Asociación de Jubilados y Pensionados de Ferrominera Orinoco ASOJUPFO en la causa principal FP11-N-2010-000188, en contra de la Jueza del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta misma Circunscripción y Sede Judicial, Abg. MARVELYS PINTO FUENTES.
SEGUNDO: En consecuencia de ello, se ORDENA, la remisión inmediata del presente asunto a su Tribunal de origen.
TERCERO: No hay condenatoria en Costas.-