DECLARO: ADMISIBLE, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Abogado CARLOS AUGUSTO RADAELLI JIMENEZ, Defensor Publico Militar, en su carácter de abogado defensor del ciudadano Cabo Primero (GNB) FRANK GARCIA MOSQUERA, titular de la cédula de identidad Nº V-9.793.198, contra el auto dictado por el Tribunal Militar Décimo de Control del Circuito Judicial Penal Militar, con sede en Maracaibo, Estado Zulia, en fecha cuatro de junio de dos mil ocho, mediante el cual declaró CON LUGAR la privación preventiva de libertad del ciudadano imputado antes referido, por la presunta comisión del delito de INSUBORDINACION, previsto y sancionado en el artículo 512 ordinal 1 en concordada relación con lo previsto en el artículo 513 ordinal 2, ambos del Código Orgánico de Justicia Militar.