PRIMERO: el levantamiento de la medida de prohibición de enajenar y grabar decretada en fecha 07/04/2021, y siendo que en fecha 21/07/2023, la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, declaró mediante sentencia Sin Lugar el recurso extraordinario de casación anunciado y formalizado por la parte codemandada y en fecha 02/10/2023 se declaró definitivamente firme el fallo proferido por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la C ircunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 19/09/2022 por lo que se ordena el LEVANTAMIENTO DE LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada en fecha 07/04/2021, y participada con oficio N°037, la cual recayó sobreel siguiente inmueble propiedad de los demandados, ciudadanos JORGE GREGORIO MOUBAYYED TAHAN y SOUBHI MOUBAYYED TAHAN, constituido por el Pent-House distinguido con el No 02 ubicado en la planta Pent-House de la Torre Norte del Conjunto Residencial Comercial Ciudad del Sol, de la ciudad de.....