En virtud de lo expuesto anteriormente, este Tribunal Militar Tercero de Control con sede en la Ciudad de Caracas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a decidir conforme a los siguientes términos: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD efectuada por el Ministerio Público Militar en contra de los ciudadanos S1. LUIS ANGEL ALVAREZ MEDINA, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.454.289 y S1.DEINNY JOSE OLIVERA GOMEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.341.915, quiénes se encuentran presuntamente incurso en los delito militares de DESOBEDIENCIA, previsto en el Artículo 519 y sancionado en el Articulo 520, ABANDONO DE SERVICIO previsto en el Artículo 534 y sancionado en el Articulo 537 y SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LAS FUERZAS ARMADAS, previsto en el Artículo 570 Numeral 1, concatenado con el articulo 390 ordinal 1°, todos del Código Orgánico de Justicia Milita.....