este  Tribunal  administrando  Justicia en nombre  de la República Bolivariana de Venezuela  y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando  a salvo los  derechos  que  terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor de los ciudadanos AMERICA ELVIRA GARCIA DE NAVIDAD, JOSE FERNANDO NAVIDAD GARCIA, ELVIRA NAVIDAD GARCIA y ELIZABETH NAVIDAD GARCIA, antes identificado (a), sobre la bienhechurías que se determinan suficientemente en petición presentada al inicio  de este expediente, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente  público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.