Decisiones del dia 27/05/2014 
				   
				 
	
				  
			 
			  
			   
			 
			
			 
			
						   
	  
	 
   
							   
			
			 
			 
			
			 
			 
			 
			
			
			
			  
				
                   
				  
				   
				
                   
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								KP02-S-2014-003131  
							
						   
						  
						  N° Sentencia :
							
								182  
							
						   
						  
						  Fecha: 27/05/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  Titulo Supletorio 
					 
					
					
					  Partes:  MAGALY MILAGROS RODRIGUEZ VALERA, 
					 
					
					  
					
						
						Resumen:  
						
								En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana  de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor la ciudadana: MAGALY MILAGROS RODRIGUEZ VALERA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular  de la cédula de identidad Nº V-7.333.737, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en petición presentada al inicio de este expediente, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente  público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
 
							
						 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente:  
							Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza 
						 
					 
					  
					
						
						Organo:  
						Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren. 
						 
					 
					
			      
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								KP02-S-2014-002351  
							
						   
						  
						  N° Sentencia :
							
								181  
							
						   
						  
						  Fecha: 27/05/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  Titulo Supletorio 
					 
					
					
					  Partes:  MARIA AUXILIADORA NIEVES FERNANDEZ,  
					 
					
					  
					
						
						Resumen:  
						
								En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana  de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor la ciudadana: MARIA AUXILIADORA NIEVES FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular  de la cédula de identidad Nº V-5.791.753, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en petición presentada al inicio de este expediente, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente  público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
 
							
						 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente:  
							Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza 
						 
					 
					  
					
						
						Organo:  
						Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren. 
						 
					 
					
			      
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								KP02-S-2013-008473  
							
						   
						  
						  N° Sentencia :
							
								145  
							
						   
						  
						  Fecha: 27/05/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  Titulo Supletorio 
					 
					
					
					  Partes:  GIOVANNY ANTONIO TORREALBA MARTINEZ, BLANCA SORELLY TORREALBA MARTINEZ, LUIS ALBERTO TORREALBA MARTINEZ, ISMELDA MERCEDES TORREALBA MARTINEZ, JAVIER DOMINGO TORREALBA MARTINEZ Y RENIEL GREGORIO TORREALBA MARTINEZ 
					 
					
					  
					
						
						Resumen:  
						
								En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana  de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor de los ciudadanos: GIOVANNY ANTONIO TORREALBA MARTINEZ, BLANCA SORELLY TORREALBA MARTINEZ, LUIS ALBERTO TORREALBA MARTINEZ, ISMELDA MERCEDES TORREALBA MARTINEZ, JAVIER DOMINGO TORREALBA MARTINEZ Y RENIEL GREGORIO TORREALBA MARTINEZ, antes identificada, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en petición presentada al inicio de este expediente, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente  público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y t.....
 
							
						 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente:  
							Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza 
						 
					 
					  
					
						
						Organo:  
						Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren. 
						 
					 
					
			      
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								KP02-S-2014-920  
							
						   
						  
						  N° Sentencia :
							
								71  
							
						   
						  
						  Fecha: 27/05/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  Titulo Supletorio 
					 
					
					
					  Partes:  NERLIN MARIA MORALES ALDAZORO, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-14.293.872 Y DE ESTE DOMICILIO, DEBIDAMENTE ASISTIDA POR EL ABOGADO JOSE HILARIO DURAN GARRIDO, INSCRITO EN EL I.P.S.A BAJO EL Nº 202.819 
					 
					
					  
					
						
						Resumen:  
						
								derechos del solicitante por medio de esta actuación judicial, no generan en modo alguno derechos sobre el terreno en el cual han sido construidas, por lo que el presente Titulo no convalida, cualquier tipo de violación a la Ley, Decreto u Ordenanza en la que haya podido incurrir el solicitante al haber realizado las bienhechurías descritas en la solicitud que dieron origen a estas actuaciones. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al Acuerdo del Primero (01) de Abril de 1.970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en un terreno ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular. Se deja constancia que la  parte solicitante no consigno Autorización emanada del Sindico Procurador del Municipio.
Publíquese, incluso en la página Web de este Despacho, Regístrese, y Déjese.....
 
							
						 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente:  
							Delia Josefina Gonzalez 
						 
					 
					  
					
						
						Organo:  
						Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren.. 
						 
					 
					
			      
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								KP02-S-2014-4875  
							
						   
						  
						  N° Sentencia :
							
								70  
							
						   
						  
						  Fecha: 27/05/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  Titulo Supletorio 
					 
					
					
					  Partes:  NERLIN MARIA MORALES ALDAZORO, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-14.293.872 Y DE ESTE DOMICILIO, DEBIDAMENTE ASISTIDA POR EL ABOGADO JOSE HILARIO DURAN GARRIDO, INSCRITO EN EL I.P.S.A BAJO EL Nº 202.819 
					 
					
					  
					
						
						Resumen:  
						
								derechos del solicitante por medio de esta actuación judicial, no generan en modo alguno derechos sobre el terreno en el cual han sido construidas, por lo que el presente Titulo no convalida, cualquier tipo de violación a la Ley, Decreto u Ordenanza en la que haya podido incurrir el solicitante al haber realizado las bienhechurías descritas en la solicitud que dieron origen a estas actuaciones. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al Acuerdo del Primero (01) de Abril de 1.970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en un terreno ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular. Se deja constancia que la  parte solicitante no consigno Autorización emanada del Sindico Procurador del Municipio.
Publíquese, incluso en la página Web de este Despacho, Regístrese, y Déjese.....
 
							
						 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente:  
							Delia Josefina Gonzalez 
						 
					 
					  
					
						
						Organo:  
						Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren.. 
						 
					 
					
			      
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								KP02-S-2014-3377  
							
						   
						  
						  N° Sentencia :
							
								67  
							
						   
						  
						  Fecha: 27/05/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  Titulo Supletorio 
					 
					
					
					  Partes:  ZORAIDA PASTORA BRAVO DE NUÑEZ, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, CASADA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-4.066.014 Y DE ESTE DOMICILIO, ASISTIDA POR SOCORRO MARIA BARRIOS RODRIGUEZ, ABOGADA EN EJERCICIO, I.P.S.A Nº 186.664, EN  
					 
					
					  
					
						
						Resumen:  
						
								BRAVO DE NUÑEZ, anteriormente identificada. Se deja expresa constancia que los derechos del solicitante por medio de esta actuación judicial, no generan en modo alguno derechos sobre el terreno en el cual han sido construidas, por lo que el presente Titulo no convalida, cualquier tipo de violación a la Ley, Decreto u Ordenanza en la que haya podido incurrir el solicitante al haber realizado las bienhechurías descritas en la solicitud que dieron origen a estas actuaciones. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al Acuerdo del Primero (01) de Abril de 1.970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en un terreno ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular. Se deja constancia que la parte solicitante no consigno Autorización emanada del Sindico Procurador del Municipio.
.....
 
							
						 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente:  
							Delia Josefina Gonzalez 
						 
					 
					  
					
						
						Organo:  
						Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren.. 
						 
					 
					
			      
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								KP02-S-2014-4907  
							
						   
						  
						  N° Sentencia :
							
								69  
							
						   
						  
						  Fecha: 27/05/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  Titulo Supletorio 
					 
					
					
					  Partes:  ANDRES ELOY GRANDA MELENDEZ, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-9.854.219 Y DE ESTE DOMICILIO, DEBIDAMENTE ASISTIDO POR EL ABOGADO MARCIAL ATACHO PERAZA, INSCRITO EN EL I.P.S.A BAJO EL Nº 158.850 
					 
					
					  
					
						
						Resumen:  
						
								MELENDEZ, anteriormente identificado. Se deja expresa constancia que los derechos del solicitante por medio de esta actuación judicial, no generan en modo alguno derechos sobre el terreno en el cual han sido construidas, por lo que el presente Titulo no convalida, cualquier tipo de violación a la Ley, Decreto u Ordenanza en la que haya podido incurrir el solicitante al haber realizado las bienhechurías descritas en la solicitud que dieron origen a estas actuaciones. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al Acuerdo del Primero (01) de Abril de 1.970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en un terreno ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular. Se deja constancia que la  parte solicitante no consigno Autorización emanada del Sindico Procurador del Municipio.
Pu.....
 
							
						 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente:  
							Delia Josefina Gonzalez 
						 
					 
					  
					
						
						Organo:  
						Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren.. 
						 
					 
					
			      
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								KP02-S-2013-7343  
							
						   
						  
						  N° Sentencia :
							
								68  
							
						   
						  
						  Fecha: 27/05/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  Titulo Supletorio 
					 
					
					
					  Partes:  NELLY JOSEFINA ANZOLA, VENEZOLANA, SOLTERA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-4.734.745 Y DE ESTE DOMICILIO, ASISTIDA POR JULISER RODRIGUEZ, ABOGADO EN EJERCICIO, I.P.S.A Nº 64.268 
					 
					
					  
					
						
						Resumen:  
						
								modo alguno derechos sobre el terreno en el cual han sido construidas, por lo que el presente Titulo no convalida, cualquier tipo de violación a la Ley, Decreto u Ordenanza en la que haya podido incurrir el solicitante al haber realizado las bienhechurías descritas en la solicitud que dieron origen a estas actuaciones. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al Acuerdo del Primero (01) de Abril de 1.970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en un terreno ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular. Se deja constancia que la parte solicitante no consigno Autorización emanada del Sindico Procurador del Municipio.
Publíquese, incluso en la página Web de este Despacho, Regístrese, y Déjese Copia Certificada de la presente decisión en los archivos llevados por el Tri.....
 
							
						 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente:  
							Delia Josefina Gonzalez 
						 
					 
					  
					
						
						Organo:  
						Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren..