´Este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO incoada por los ciudadanos FRANCISCO ADRIAN TORREALBA ALVARADO y GRACIELA MARIA RAMOS DE TORREALBA venezolanos, mayores edad, titulares de la cedula de identidad Nros. V-5.935.123 y V-10.764.298, respectivamente, en relación a la disolución del vínculo matrimonial. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Antonio Díaz, Municipio Torres del Estado Lara, en fecha 15 de Diciembre del año 1994, quedando inserta el Acta bajo el Nº 8, en uno de los Libros de Registro de Matrimonios llevados por ante ese Despacho. ´