PRIMERO: Declara DE OFICIO LA NULIDAD de la decisión proferida por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 05 de éste Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en fecha 17 de Diciembre de 2010, mediante la cual el Juez a cargo, acordó revisar y sustituir la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, por las medidas cautelares menos gravosas contenidas en los ordinales 3º, 4º y 6º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en presentación periódica cada 8 días, prohibición de salida del Estado Lara y prohibición de acercarse a la víctima y sus familiares, a favor de las ciudadanas Zaileth Beatriz Martínez Rodríguez y Maggi del Carmen Martínez Rodríguez. SEGUNDO: Queda NULA la Decisión proferida en fecha 17 de Diciembre de 2010 por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 05 y en consecuencia, se ordena la remisión del asunto a un Juez de Juicio distinto al que dictó la decisión impugnada, a los fines de que emita el pr.....