Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO QUINTO (5º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO BOLIVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD en contra la Providencia Administrativa Nº 2012-00021 de fecha 06 de noviembre de 2012, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "ALFREDO MANEIRO" DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLÍVAR, presentado por la sociedad mercantil ACBL DE VENEZUELA, C. A., identificada en el encabezado de este fallo, a través de su apoderado judicial ciudadano ERISTER VÁZQUEZ VÁZQUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.782.237, abogado e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 48.280;
SEGUNDO: NULO el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 2.....