Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias con sede en San Cristóbal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 479 Numeral 1, 493, 494, 497, 499, 506 y 511 del Código Orgánico Procesal Penal, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA al ciudadano Penado ANDERSON JOSÉ FERNÁNDEZ GÓMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.306.212, con fecha de nacimiento 22 de marzo de 1981, natural de El Vigía, Estado Mérida, con domicilio y residencia en la Calle Principal de Buenos Aires, Casa Nº 3-07, El Vigía, Estado Mérida, ex plaza de la 2204 Batería de Morteros de 120 mm. "Cnel. (EJ) Andrés Linares", con sede en La Grita, Estado Táchira, perteneciente al Contingente Mayo-1999; condenado a cumplir la pena de SIETE (07) MESES Y QUINCE.....