DISPOSITIVA:
En fuerza de lo antes señalado este Tribunal Militar Séptimo de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE: PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 45, 48 Ordinal 7° y 318 numerales 3 y 5 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA y en consecuencia ACORDÓ LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL; seguida al ciudadano SOLDADO EN SITUACIÓN DE RETIRO YUNIOR RAFAEL GUTIÉRREZ MUÑOZ, titular de la cédula de identidad No. V-21.394.833, plenamente identificado en autos, quien se encontraba incurso en la comisión del delito militar de Deserción, previsto y sancionado en el artículo 523, 527 numeral 1 y 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar.
Regístrese y publíquese. Remítase la causa al Archivo del Circuito Judicial Penal Militar, una vez vencido el lapso de Ley señalado en el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal. Expídanse las copias certific.....