Dispositivo:
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia a al artículo 340 ordinal 6to del Código de Procedimiento Civil, declara Inadmisible la presente solicitud de Reconocimiento de Contenido y Firma presentado por la ciudadana Levinice Cedeño Vallenilla contra los ciudadanos: Emis Del Rosario Monroy Franco, Tatiana Yamilet Marcano Monroy, José Ramón Marcano Monroy, Thaemis Marcano Monroy y Jean Carlos Marcano Monroy, identificados en autos.-
Se declara TERMINADO el presente asunto, ordénese su remisión al Archivo Judicial.-