Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho que han quedado expuestos en la presente decisión, la Jueza Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECLARA:
UNICO: Sin Lugar la solicitud de aclaratoria y ampliación solicitada por la parte demandada de la sentencia dictada por este Juzgado, el 15 de febrero de 2023, conforme al artículo 252 del Código de Procedimiento Civil.