DECLARO INADMISIBLE LA RECUSACION interpuesta por el Abogado NEIL RAMÓN TORREALBA MONTES, en su carácter de defensor privado del ciudadano RICHARD JOÉL TERÁN HERNÁNDEZ, contra el ciudadano Capitán LUIS ENRIQUE YEPEZ SILVA, Juez del Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias de San Cristóbal, estado Táchira, y contra el Secretario Judicial, abogado JOSÉ LUIS CÁRDENAS QUINTERO, adscrito al mencionado Tribunal Militar, por falta de fundamentación de las causales alegadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 92 del Código Orgánico Procesal Penal.