Hoy 27 de febrero del 2008, siendo las 11:00 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, el alguacil José Luís Suárez, anuncia la misma, señalando que por el demandante ciudadano KELVI ROGELIO TORRES MENDOZA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° 10.778.597, no comparece representante legal alguno. Por la demandada comparece su apoderado FRANCESCO CIVILETTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 104.142, quien presenta poder a efectus vivendi. En consecuencia y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION