DECRETO: PRIMERO SIN LUGAR la solicitud de nulidad del acta policial levantada por funcionarios de la Dirección General de Inteligencia de la Armada, efectuada por el abogado ALONSO MEDINA ROA, en virtud de no estar dados los supuestos del artículo 190 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: CON LUGAR La Solicitud de Procedimiento Ordinario y la Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano JACINTO NOUEL MOROS, plenamente identificado en autos, por la presunta comisión de los delitos de naturaleza militar de ESPIONAJE tipificado en el artículo 471 Ordinal 5º y CONTRA LA SEGURIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS, previsto en el artículo 550, ambos del Código Orgánico de Justicia Militar, por estar llenos los extremos del artículo 250 y parágrafo primero del artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, se ordena librar la correspondiente boleta de privación judicial preventiva de libertad, designándose como lugar de reclusión el Centro Nacional de Procesados Mi.....