Por todas las razones antes expuestas, este TRIBUNAL MILITAR SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE MARACAY, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 443 numeral 2° del Código Orgánico de Justicia Militar en concordada relación con el artículo 105 del Código Penal Venezolano, así como lo establecido en los artículos 69, 471 y 506, todos del Código Orgánico Procesal Penal, todos de aplicación supletoria por mandato expreso de los artículos 20 y 592 ambos del Código Orgánico de Justicia Militar. PRIMERO: ORDENA LA LIBERTAD PLENA POR CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA del ciudadano penado: SARGENTO SEGUNDO DIONICIO TEODOR CUBICI HENRIQUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-21.100.559, quien fue condenado por el Consejo de Guerra de Maracay a una pena de SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, más las pena accesoria de Ley, señaladas en el artículo 407 en su cardinales: 1)Inhabilitación política por el tiempo que dure l.....