DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, el Recurso de Apelación interpuesto por el Fiscal Auxiliar Vigésimo Sexto del Ministerio Público Abg. JOSÉ LEONARDO VELÁSQUEZ GAMARRA de la circunscripción Judicial Penal del Estado Lara, en contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N°01 de éste Circuito Judicial Penal, en fecha 01 de Octubre 2019 y fundamentada en fecha 03 de Octubre 2019, mediante la cual ABSUELVE a los ciudadanos EDIXON JOSE ROSENDO RESENDO, titular de la cédula de identidad N° V-27.649.569, PASTOR ALEXANDER VARGAS ROSENDO, titular de la cédula de identidad N° V-26.604.544, de la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN EJECUCION DE UN ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR COMO COOPERADOR INMEDIATO, previsto y san.....