Por todas las razones antes expuestas, ESTE TRIBUNAL MILITAR SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS CON SEDE EN MARACAY, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: En cuanto al cómputo del cumplimiento de la pena impuesta, tenemos que el penado: Sargento Segundo MICHELL JOSE ZAMBRANO TORRES , titular de la Cédula de Identidad N° V- 21.466.583, plaza del 412 B.B G/J. "JOSE FRANCISCO BERMUDEZ" de Ejercido Bolivariano con sede en la 41 Brigada Blindada, a cumplir la pena de prisión de UN (01) AÑO Y CINCO (05) MESES DE PRISION , más las penas accesorias de ley señaladas en el artículo 407 numerales 1°,2° Y 3°del Código Orgánico de Justicia Militar, referente a la inhabilitación política por el tiempo de la pena y la separación del servicio activo, por ser autor, responsable de la comisión del delito militar de ABANDONO SEL SERVICIO, previsto y sancionado en el artículo 534 en su encabezado y 537, e INSUBORDINACION pr.....