Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 15 de julio de 2013, por el Dr. Alber Martin Prieto Arias, apoderado judicial de la parte co-demandada, contra la decisión dictada en fecha 10 de julio de 2013, por el Juzgago Segundo del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Quedó asi CONFIRMADA la decisión apelada.