Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la empresa INVERSIONES IMPACTO S.R.L., antes identificada, en contra de la ciudadana ANA MERCEDES SOTO, antes identificada.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE el amparo constitucional interpuesto por la empresa INVERSIONES IMPACTO S.R.L., antes identificada, en contra de la ciudadana ANA MERCEDES SOTO.
TERCERO: Se modifica el auto dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 01 de octubre de 2007, en los términos antes expuestos.
CUARTO: No hay condenatoria en costas por no ser temerario.