Este Tribunal 3º de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, advirtiendo al abogado el deber que tienen de actuar en el proceso con probidad de manera respetuosa, debiendo abstenerse de emplear diligencias y escritos que constituyan algún acto contrario a la majestad de la justicia (Juez), con el apercibimiento, de que se abstengan en lo sucesivo de repetir la falta, caso contrario serán sancionados con multa respectiva por cada caso de reincidencia, sin perjuicio de las demás establecidas en la Ley, que pudiera aplicar el Tribunal para garantizar la lealtad y probidad en el proceso"