En virtud del acuerdo transaccional planteado por las partes éste TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Homologa EL acuerdo alcanzado por las partes por la suma de DIECIOCHO MIL BOLIVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs. 18.000.,00) para el ciudadano MARIO LONG; en la forma anteriormente descrita, en todas y cada una de sus partes dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, dándose por concluido el proceso. Archívese el expediente hasta tanto se cumplan las condiciones de pago para que sea remitido a la sede del Archivo Judicial de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura.-
Publíquese, regístrese y désele copia de esta decisión en el compilador respectivo.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal del trabajo de la Circun.....