Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO.- CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Andrés E. Benners, en su carácter de Fiscal Vigésimo Segundo (E) del Ministerio Público con Competencia Especial en Materia de Salvaguarda de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, contra la decisión dictada, el 1 de marzo de 2005, por la Corte de Apelaciones Accidental del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, que declaró la nulidad absoluta del auto dictado el 16 de diciembre de 2004, por el Tribunal Primero de Control del mismo Circuito Judicial Penal, mediante el cual autorizó a dicho ente fiscal a realizar grabaciones ambientales e interceptar líneas telefónicas.
SEGUNDO.- Se ANULA la referida decisión dictada el 1 de marzo de 2005, por la Corte de Apelaciones Accidental, por ser contraria a los derechos a obten.....