DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara
1. LA NULIDAD de la sentencia dictada por el Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara de fecha 15 de diciembre de 2010.
2. Se REPONE la causa, al estado de que el Tribunal que resulte competente dicte nueva sentencia definitiva en el presente juicio de ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES intentada por el ciudadano EDMUNDO RODRÍGUEZ OVALLES contra DE INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES DA SILVA LINO.
Queda así ANULADA la sentencia apelada.
De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al Libro respectivo y según lo establecido en el artículo 251 ejusdem, líbrese boletas de notificación a las par.....