En virtud de las anteriores consideraciones, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por la abogada ROSANGELA MERCEDES SORONDO, jueza provisoria del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en la acción reivindicatoria intentada por el ciudadano Doménico Antonio Gerardo Sorrentino Cioffi contra el ciudadano Silfredo Antonio Martínez, plenamente identificados.
SEGUNDO: NOTIFÍQUESE mediante oficio a la abogada ROSANGELA MERCEDES SORONDO, jueza provisoria del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, de la presente sentencia interlocutoria.