DISPOSITIVA.
En virtud a los razonamientos expuestos, este Tribunal Militar Quinto de Ejecución de Sentencias, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 471, 474, 476 y 506, todos del Código Orgánico Procesal Penal, realiza los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA, la Sentencia Condenatoria Definitivamente Firme de fecha MIERCOLES ONCE (11) DE OCTUBRE DEL AÑO 2017, dictada por el Tribunal Militar Décimo Sexto de Control, con sede en Lecherías, Estado Anzoátegui, en contra del penado CIUDADANO ROQUE BRAVO EDUARDO JOSE, titular de la cédula de identidad Nº V-22.629.842, con domicilio principal en la Urbanización Gran Mariscal, edificio 507, piso 1, apartamento 14, parroquia Valentín Valiente, Municipio Sucre, Estado Sucre, condenado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, más las penas accesorias de ley establecida en el.....