DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Militar Segundo de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, DECRETA: PRIMERO: sin lugar la solicitud fiscal en cuanto a la calificación jurídica como flagrante por no encontrarse subsumidos los hechos dentro de los extremos legales del artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, SE ORDENA: la aplicación del Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo previsto en el artículo 373 del COPP, SEGUNDO Se declara con lugar la solicitud de Privación Judicial Preventiva de Libertad de los ciudadanos Soldado Carlos Javier Cabrera, titular de la cédula de identidad Nº V-26.789.637, Soldado Julián Antonio González González, titular de la cedula de Identidad Nº 20.361.818 y Soldado Abraham Rafael Gomez Mujica, titular de la cédula de identidad número V-26.632.895, presuntamente incursos en la comisión de los delitos militares de DESTRUCCI.....