Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Militar Segundo de Ejecución de Sentencias con Sede en Maracay, Estado Aragua Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: Queda EJECUTADA la Sentencia Condenatoria de fecha 28 de Enero de 2011, emitida por el Consejo de Guerra de Maracay con sede en Maracay, Estado Aragua, en contra del penado: JEYSON JOSÉ YEGRES CARREÑO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.951.007, condenado a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS de presidio, más las penas accesorias de ley contenidas en el Artículo 406 en sus cardinales 1, 2 y 4 del Código Orgánico de Justicia Militar; "Interdicción civil durante el tiempo de la pena, Inhabilitación Política por el tiempo que dure la pena y Separación del Servicio Activo", por ser autor responsable de la comisión de los delitos militares de INSUBORDINACION, mediante el empleo de vías de hecho, previsto en el artículo 512 n.....