Se publicó sentencia interlocutoria mediante la cual se REPONE la causa al estado de que el Tribunal 8vo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo fije por auto expreso, la fecha y la hora para la celebración de la continuación de la audiencia preliminar por los motivos que serán expuestos en la publicación integra del fallo, sin necesidad de notificación de las partes.