DECLARA: SIN LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por el Defensor Privado David Liendo, actuando en asistencia de la ciudadana Sol Marina Prado Lascano. En consecuencia se Confirma en cada una de sus partes la decisión proferida en fecha 30 de Mayo de 2007, por el Juzgado Segundo en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Ciudad Bolívar, en la cual se ordena la entrega al Ciudadano Armando Lascano, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.185.432, la entrega de diecinueve (19), conformadas por once (11) vacas y ocho (08) becerros, la cuales se encuentran debidamente identificadas con el hierro registrado por el precitado Ciudadano y que se encuentran bajo el cuido de la Ciudadana Sol Marina Prado, en el fundo la Esperanza, todo de conformidad al artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.