Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentada y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que habían contraído los ciudadanos NELSON ALEJANDRO PEREZ DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.545.467, debidamente asistido por la abogada en ejercicio NOHELYS ANTONIA VALLENILLA DE OJEDA, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 143.634, contra la ciudadana GLADYS MARINA CASSERES DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº. V-15.687.000, en fecha 27 de Abril de 2007, por ante el Juzgado Tercero del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, tal y como consta del acta d.....