Declaro: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE REFORMADO, el Auto de Ejecución de fecha 19 de octubre de 2012, mediante la cual este Órgano jurisdiccional ejecuto la de Sentencia Condenatoria definitivamente firme, dictada por el Tribunal Militar Cuarto de Primera instancia en funciones de control sede en la Guaira estado Vargas, en fecha 21 de junio de 2012, mediante la cual condenó al ciudadano penado GUSTAVO ALVENIS MARCONI CARRASCAL, titular de la cédula de identidad Nº V-9.348.676, por el delito militar de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARAMADA NACIONAL, en grado de cómplice necesario, previsto y sancionado en el artículo 570, ordinal 1°, concatenado con el artículo 389, numeral 2, 391 numeral 1 y el artículo 425, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, asímismo, solicitó la aplicación de la pena accesoria, previsto en el numeral 1 del artículo 407 ejusdem, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION. SEGUNDO: En relación a la Medida Caute.....