-III-
En consecuencia y con fundamento en los argumentos antes expuestos este JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la presente acción de DESALOJO intentada por el ciudadano JUAN CARLOS DE SOUSA RODRÍGUEZ contra ciudadana KISBETS PULIDO GARCIA, en su condición de Directora Gerente de la Firma Mercantil "CURIOSIDADES ACQUA C.A.," antes identificados todo de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil concatenado con el artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios publicada en el año 1.999.
Publíquese, y regístrese la presente decisión y notifíquese a la parte actora.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Cuarto de Municipio del Área Metropolitana de Caracas a los veintiséis (26) días del mes de Junio de dos mi.....