Se dictó SENTENCIA DEFINITIVA, mediante la cual se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 14-02-01, contra la sentencia dictada en fecha 30-10-00, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara; se declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por los ciudadanos Miriam Rodríguez de Temponi y Elpidio Heriberto Beserritt, contra Mo Li Li Qin y la firma mercantil "Adriática de Seguros, C.A.". Se condenó de manera solidaria al ciudadano Mo Li Li Qin y a la firma mercantil "Adriática de Seguros, C.A.", dentro de los limites de su cobertura, al pago de la suma mil cuatrocientos bolívares fuertes (Bs. F. 1.400,00), por concepto de daños materiales derivados de accidente de tránsito. Se condenó al pago de la indexación judicial No hay condenatoria, dada la naturaleza de la presente decisión. Quedó así revocada parcialmente la decisión apelada. Se ordenó notificar a las partes la presente.